Internet: cuerpos desnudos y los límites de la intimidad
Por: Thalía Fuentes Puebla.
Jennifer vivía en una relación tóxica y no lo sabía. Las “pruebas de amor” que le pedía eran cada vez más complejas: contraseñas compartidas o acceder a peticiones en la intimidad que ella nunca había considerado. Una vez, para cumplir una de las fantasías de él, se grabaron teniendo sexo, miraron el vídeo y lo borraron.
A él le gustaba esa práctica y comenzaron a hacerlo con periodicidad. No era suficiente verlo tras el coito y le pedía conservar los videos. Jennifer, por temor a perder su relación, aceptaba con la condición de guardarlos en la laptop porque sabía que un teléfono era más vulnerable a una posible pérdida o robo.
La carpeta estaba oculta dentro de diez más para que nadie pudiera ver esa parte más íntima de la pareja. Dejaron de grabarse en la misma medida en que se deterioraba la relación, y el sexo.
Terminaron, Jennifer recogió sus cosas y por el mismo apuro olvidó una de sus pertenencias más valiosas. No borró esas imágenes en las que su rostro era el único protagonista. Casualmente, él grababa siempre y su cara nunca apareció.
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Las tecnologías y el escenario digital se han convertido en vehículos de difusión de la información con mayor alcance, pero también en un escenario idóneo para ejercer la violencia digital como la difusión de fotos íntimas o información privada de manera no autorizada.
Según el estudio “Violencia contra mujeres y niñas en el espacio digital lo que es virtual también es real”, realizado por ONU Mujeres en el 2020, que el 73 por ciento de las mujeres en el mundo han estado expuestas o han experimentado algún tipo de violencia en línea.
De ese número, el 90 por ciento son víctimas de la distribución digital no autorizada de imágenes íntimas.
Cuba no está alejada de este escenario, y por eso, los marcos legales intentan frenar un fenómeno que crece y muta a la par de las nuevas facilidades de la web, o al menos, pretende apoyar a la víctima y darle las herramientas desde el derecho, para defenderse de una posible violación a su intimidad.
“La más Carta Magna aprobada por los cubanos en 2019 incorporó en el Capítulo VI: Garantías de los Derechos, el derecho de toda persona de acceder a sus datos personales en registros, archivos u otras bases de datos e información de carácter público, así como a interesar su no divulgación y obtener su debida corrección, rectificación, modificación, actualización o cancelación. Ello, marca un giro relevante en el camino hacia vías de protección a los titulares de la información personal en una sociedad que se informatiza y avanza hacia la trasformación digital”, señaló la Doctora en Ciencias Zahira Ojeda Bello en el artículo “Proteger, también los datos personales”, publicado en Cubadebate el pasado año.
Para Ojeda, la normativa asume como característica principal “el reconocimiento de la dignidad humana como el valor supremo que rige a los demás derechos y por tanto al derecho a la protección de datos personales, conforme al postulado 40 de la Carta Magna”.
“Delimita definiciones esenciales como la de datos personales, fichero, tratamiento de datos personales, responsable y encargado del tratamiento, además de que aborda los principios para su protección”.
El artículo 48 plantea que “todas las personas tienen derecho a que se les respete su intimidad personal y familiar, su propia imagen y voz, su honor e identidad personal”.
Asimismo, el artículo 41 refiere a que el “Estado cubano reconoce y garantiza a la persona el goce y el ejercicio irrenunciable, imprescriptible, indivisible, universal e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con los principios de progresividad, igualdad y no discriminación”.
Además, en el artículo 46 de la Carta Magna se establece que “todas las personas tienen derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura, la recreación, el deporte y a su desarrollo integral”.
Por su parte, el Decreto Ley 370 “Sobre la Informatización de la Sociedad Cubana”, en el artículo 68 se considera contravención asociada a las TIC, “difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”.
La sanción, según el artículo 70 del propio decreto, puede ser multa de 3 000 pesos cubanos y, en caso de ser una persona jurídica, puede llegar hasta 10 000 pesos cubanos.
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Desde que salió de esa casa Jennifer vive con miedo. Su cara puede aparecer en cualquier momento, en cualquier plataforma. Se siente insegura. A veces camina y si alguien mira un móvil, la ve y se ríe, piensa lo peor.
Nunca supo el destino final de esos vídeos, si él los borró, o si aún están en esa vieja laptop HP en una carpeta dentro de 10 más.
“¿Qué hago si esos videos se publican, sin mi permiso, en las redes sociales, o si esa imagen privada corre por canales de mensajería instantánea?”. Jennifer sabe que contenidos de ese tipo se viralizan y su tráfico es imposible de detener.
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En el artículo “Proteger, también los datos personales”, publicado en Cubadebate el pasado año, la Doctora en Ciencias Zahira Ojeda Bello, explicaba que fenómenos como la internet de las cosas, el cloud computing o el big data, hacen que los datos sean un importante activo en constante crecimiento, a partir de la realización de actividades cotidianas que incluyen el comercio electrónico, la atención médica, el pago de servicios y las transacciones bancarias.
Según la académica de la Casa de Altos Estudios tunera, los datos “deben ser entendidos como toda información a partir de la cual se identifica o puede ser identificada una persona”. Incluyéndose en esa clasificación características físicas, datos académicos, profesionales, laborales, económico–financieros, de salud, ideológicos, judiciales y administrativos.
“Las medidas de seguridad de los datos personales, hasta hoy previstas, están enfocadas en proteger desde el punto de vista técnico los soportes analógicos y virtuales de la información, mas no a los titulares de los datos”, destacaba Ojeda, al tiempo que subrayaba la existencia de brechas cuando sin su consentimiento, sus datos personales llegan a otro destino o se emplean con una finalidad diferente para la cual fueron inicialmente cedidos.
En el 2021 se aprobó la Ley de Protección de Datos Personales que determina “los principales derechos que deben ser tenidos en cuenta para hacer efectivo el derecho a la protección de los datos personales, entre los que se encuentran el de acceso, no divulgación, rectificación, actualización, corrección, modificación o cancelación”, expresaba.
De acuerdo con la jurista, la pertinencia de la Ley de Protección de Datos Personales se sustenta también en “la progresiva presencia de la ciudadanía cubana en el espacio público digital, constatado tanto por el número de individuos conectados a internet por diversas vías, así como por la elevada cifra de usuarios de telefonía móvil y por ende enlazados con plataformas de servicios y trámites”.
“Esto plantea desafíos para la salvaguarda del derecho, dada la utilización, acceso y tratamiento de un número cada vez más creciente de información personal circulando ilimitadamente, todo en un contexto de conectividad e interoperabilidad de las tecnologías, así como de la digitalización e informatización de dichos datos”, aseguraba.
Si bien en la mayoría de los casos las víctimas no denuncian las violaciones de la intimidad en el escenario digital, pueden hacerlo y se inicia un proceso donde las sanciones varían de acuerdo al Código Penal vigente. Asimismo, la víctima cuenta con una red de especialistas que le brindan apoyo psicológico.
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Jennifer no ha vuelto a grabarse teniendo sexo. El cuerpo de una mujer no es una mercancía; mucho menos una propiedad pública. A veces envía fotos a su pareja, pero en todo momento cuida que en las imágenes no se muestre su rostro.
Poco a poco ha aprendido y aprovecha los algoritmos de seguridad de algunas plataformas de mensajería como WhatsApp o Telegram con un chat privado este último, o la posibilidad de autodestrucción de mensajes, notificación a los usuarios en caso de que alguien haga captura de pantalla del texto y encriptación punto a punto.
Han pasado cuatro años desde ese entonces y, aunque le gusta la popularidad y quiere ser influencer, los seguidores no pueden crecer porque se profane su intimidad. Ese miedo nunca la abandona.
Fuente: Cubadebate